Ya casi se dan por terminadas estas vacaciones de invierno y muchos ya comienzan a planear las de verano y pensando en solicitarlas con anticipación. ¿Pero sabes si te corresponden? ¿Ya se renovó tu nuevo periodo de vacaciones o te quedó un saldo pendiente?

Muchos trabajadores no saben como pueden calcular o acumular días de vacaciones, o como calcular vacaciones proporcionales, en este blog se responderán todas esas interrogantes. ¡Te invito a seguir leyendo!

FERIADO ANUAL

Según El artículo N°67 del Código del Trabajo, los trabajadores con más de 1 año de servicio tiene derecho al Feriado Anual de 15 días hábiles. Este derecho asegura que a pesar de no trabajar esos días igualmente serán remunerados.

Para hacer válido este Feriado Anual deben ser tomados como mínimo 10 días hábiles continuos y en época de primavera o verano; los otros 5 días restantes pueden ser tomados fraccionados en común acuerdo entre trabajador y empleador.

Para que el empleador determine la fecha en que concederá el Feriado Anual, el trabajador debe solicitarlo por escrito y con al menos un mes de anticipación.

Existen algunas excepciones respecto a la cantidad de días del Feriado Anual. Para los trabajadores que presten servicios en la Duodécima Región de Magallanes y de la Antártica Chilena, en la Undécima Región de Aysén y en la Provincia de Palena tienen derecho a 20 días.

¿Se puede compensar en dinero algunos o todos los días del Feriado Anual?

La ley expresamente prohíbe la compensación en dinero del Feriado (Art. 73 del Código del Trabajo) la finalidad de esta prohibición es evitar que los trabajadores dejen de tomar su descanso para obtener el pago de alguna suma de dinero.

¿Cómo deben contabilizarse los días hábiles del Feriado?

El artículo 69 de Código del Trabajo establece que, para los efectos del feriado, el sábado siempre se considerará inhábil. De esta forma, cualquiera sea la jornada de trabajo ordinaria que tenga convenida el trabajador, (que labore o no los sábados), para determinar los 15 días hábiles del Feriado Anual solo deben contabilizarse de lunes a viernes. Una vez terminado el feriado, el trabajador debe reincorporarse a sus labores habituales al día siguiente si este corresponde a un día en que debe prestar sus servicios conforme a la jornada pactada en el contrato.

¿El Feriado Anual se puede acumular?

Estos descansos pueden ser acumulados por acuerdo de las partes, pero sólo hasta dos periodos consecutivos. Es responsabilidad del empleador otorgar las vacaciones obligatorias cuando ya han sido acumuladas por el máximo, con el motivo de regularizar la situación contractual de los trabajadores.

¿La licencia médica suspende el Feriado legal?

Sí, se considera que el objetivo principal del Feriado Anual es permitir al trabajador reponerse del desgaste ocasionado por un año de labor, con la finalidad de distracción, recreación y fomento de la vida familiar que también conlleva. Este beneficio debe efectuarse en condiciones que permitan el logro efectivo de los fines perseguidos por el legislador al establecer las normas sobre el descanso Anual.

En cambio, la licencia médica cumple un objetivo totalmente diferente, que es restablecer su salud con reposo y tratamiento médico al existir algún tipo de enfermedad.

En efecto, si el trabajador está enfermo y presenta licencia médica para su recuperación, el Feriado Anual se suspende y una vez finalizada la licencia médica puede retomar el descanso de esparcimiento que tenía.

FERIADO O VACACIONES PROPORCIONALES

En conformidad con lo establecido en el artículo 73 del Código del Trabajo, si el trabajador ha dejado de pertenecer a la empresa antes de completar el año de servicio que da derecho al Feriado Anual, debe percibir una indemnización por dicho beneficio equivalente a la remuneración integra calculada en forma proporcional al tiempo que tuvo la relación laboral.

La base de cálculo de la compensación por feriado proporcional no posee tope alguno, debiendo considerar sueldo y el promedio de los últimos 3 meses de remuneración variable sin importar a cuanto ascienda. Las únicas indemnizaciones que poseen tope son las por años de servicios, e indemnización sustitutiva de aviso previo de acuerdo con el artículo 172 del código del trabajo.

¿Cómo se calculan las vacaciones proporcionales?

Cada trabajador tiene derecho a 1,25 días de descanso por cada mes de trabajo.

Imagina que el empleado que se pretende desvincular de la empresa trabajó 10 meses, tiene pactado una estructura de sueldo de $380.000 como sueldo base + gratificación + $50.000 de colación y la fecha de desvinculación fue el 06/06/2022.

Debes multiplicar los 10 meses de trabajo por el factor de 1,25 días de descanso:

10*1,25 = 12,54 días de descanso. Recuerda que estos días corresponden al feriado, pero la remuneración es en base a los días calendario, es decir, se pagan los sábados, domingos y festivos adicionalmente.

Llevemos estos 12,54 días al calendario, sabiendo que la fecha de desvinculación fue el 06/06/2022. Se debe contar a partir del martes 07 los 12,54 días del feriado. De lunes a viernes sólo días hábiles; tenemos el siguiente conteo:

12,54 días hábiles (marcas azules)

5 días inhábiles (sábados domingos y festivos) marcas rojas.

En total el pago sería por 17,54 días. Y el valor diario lo calculamos tomando sólo el valor del sueldo base pactado, que en este caso serían los $380.000 divididos en 30 días y multiplicados por 17,54 días.

380.000/30 = 12.666,666

12.666,666 * 17,54 = $222.173 Monto a pagar por concepto de vacaciones proporcionales.

VACACIONES O FERIADO PROGRESIVO:

Las Vacaciones o Feriado Progresivo es el derecho que tiene cada trabajador dependiente a acceder a un día adicional de vacaciones.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Haber prestado servicios para uno o más empleadores durante 10 años continuos o no.
  • Completar, además, como mínimo un período de 3 nuevos años de servicio con un mismo empleador, incrementándose sucesivamente el beneficio en la misma forma por cada nuevo periodo de 3 años.

Los días del Feriado progresivo se agregan de forma permanente al Feriado Anual del trabajador, incrementándose en un día cada tres nuevos años siempre que no cambie de empleador.

En caso de que el trabajador cambie de empleador se perderán los días progresivos y sólo al cumplir los tres años de antigüedad laboral podrá obtener los derechos del feriado progresivo.

Para validar los 13 años de trabajo realizado debes solicitar un certificado de vacaciones progresivas en tu AFP.

ALCANCES

Recuerda que la importancia del disfrute de las vacaciones siempre será beneficioso tanto para la empresa como para los trabajadores. Los resultados en sus labores mejoran con el descanso de la rutina diaria y del trabajo, realizan las tareas de manera amena y también se evita que el trabajador pueda padecer de alguna enfermedad u accidente por cansancio o desgaste.

La planificación con tiempo es importante para evitar conflictos y poder organizar reemplazos si se requieren para no otorgar sobrecarga al resto del equipo.

Recuerda que para una Asesoría de calidad cuentas con el equipo de ARF Consultores. Déjame en los comentarios si te gustó este blog, o si te quedó alguna duda y con gusto lo resolveremos.

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